lunes, 9 de marzo de 2020

REQUISITOS PARA UN AGENCIA ADUANA
1. Estado y condición del RUC
2. Tramitación por medios electrónicos

3. Especificaciones técnicas para el cumplimiento de condiciones del sistema de seguridad

4. Disposiciones para la salida y retorno del depósito flotante


DESCRIPCIÓN


A. AUTORIZACIÓN


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1. Solicitud de autorización como operador
2. Observaciones a la información declarada

3. Visita de inspección

4. Observaciones en la visita de inspección

5. Conclusión del procedimiento


B. MODIFICACIÓN O REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

C. CONSERVACIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTOS POR EL OPERADOR:


1. Conservación de los documentos por el operador
2. Entrega de documentación conservada

D. CATEGORIZACIÓN DEL OPERADOR

1. Factor para definir la categoría del operador
2. Cálculo del nivel de cumplimiento del operador
3. Historial de infracciones

4. Períodos de evaluación del operador


a) Mensual

b) Anual

c) Plazo autorizado


5. Observaciones del operador a la categorización asignada
6. Efectos de la revocación antes del fin del plazo de autorización

VIGENCIA
El presente procedimiento entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
CONTANDO CON UNA PÓLIZA INICIAL DE 150,000.00 DOLARES AMERICANOS.


AGENTE DE CARGA:

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció nuevos requisitos para obtener la autorización de Agente de Carga Internacional.
-          Personas naturales o jurídicas que desarrollan operaciones comerciales, tales como recibir embarques, consolidar y desconsolidar mercancías y emitir conocimientos de embarque, certificados de recepción y otros documentos.
-          Autorización de la SUNAT para realizar operaciones aduaneras.
-          Permiso otorgado por la Dirección de Autorizaciones de Transporte Acuático por un plazo de tres años.
-          Contar con una póliza de seguros por transporte de carga que cubra los riesgos eventuales de incumplimiento para las operaciones que realicen.
Así lo establece el Decreto Supremo N° 025-2019-MTC, el cual modifica el artículo 72 e incorpora los artículos 72-A y 72-B al Reglamento de la Ley N° 28583, Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional, modificada por la Ley N° 29475, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-MTC.
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-          Presentar información tributaria del ejerció anterior y acreditar que cuentan con un patrimonio mínimo de US$ 50,000, a fin de demostrar su solidez financiera que permita proteger a sus usuarios.
-          La Dirección General de Autorizaciones en Transportes publicará cada fin de mes, en el portal web institucional, la relación actualizada de los Agentes de Carga Internacional autorizados por el MTC y la SUNAT.
Para un mejor acceso a la información y la obtención de esta autorización, el MTC ha eliminado los trámites innecesarios.
Las personas naturales o jurídicas que desean contar con el permiso de Agente de Carga Internacional solo deben descargar el formulario de la página web del sector, efectuar el pago por derecho de trámite, adjuntar una copia simple de la póliza de seguros por transporte de carga y acreditar el patrimonio estipulado.

En tanto, las personas naturales y jurídicas que ya cuenten con una autorización ingresarán a un régimen de adecuación y deberán cumplir los nuevos requisitos en un plazo máximo de 180 días calendario.

Autorización de los almacenes aduaneros: 

1.Para autorizar un Almacén Aduanero, el titular o su representante legal deberá presentar ante la División de Trámite Documentario de la Sede Central, una solicitud indicando número de RUC y la jurisdicción en la que pretende operar acompañando los siguientes documentos:

a) Copia de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería del Representante Legal y de los Socios.

b) Declaración Jurada de no haber sido condenado por delitos dolosos, tratándose de los accionistas o socios y representante legal.

c)Copia Simple del Testimonio de Escritura Pública de la empresa, debidamente inscrita en Registros Públicos, debiendo mencionar en el objeto social como una de sus actividades la del servicio de almacenamiento.

d)Copia simple de la Licencia Municipal de Funcionamiento.

e) Copia simple del contrato de alquiler del inmueble destinado como almacén aduanero o copia literal de su inscripción en los Registros Públicos, si fuera propio.

Resultado de imagen para ALMACEN ADUANEROf) Carta Fianza o Póliza( de Caución constituida a favor de ADUANAS conforme a las características señaladas en los numerales 14 al 18 del rubro A.1 del presente procedimiento, las que podrán ser presentadas con posterioridad a la realización de la Visita de Verificación de Infraestructura.

g) Póliza de Seguro contra Riesgos a favor de los depositantes, se calculará en base a la mercancía que estime almacenar en el periodo, la que deberá mantenerse vigente, con excepción de los Depósitos Aduaneros Autorizados Privados que será presentada después de realizada la Visita de Verificación de Infraestructura.

h) Copia simple del contrato de Concesión del Servicio Postal, para el caso de los Terminales de Almacenamiento Postal. 


INTEGRANTES: 
CHUQUIPUL VITOR JESUS
MUÑOZ REQUENA CYNTY
MUÑOZ APAZA YOSELIN 

COLOR: MORADO
LINK: https://www.youtube.com/watch?v=Q7qNTMnIlJc



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